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Nuestros servicios
Áreas notariales
El lexicon de
servicios notariales.
Cada servicio es un pilar estructurado. Seleccione el área que necesita y descubra los requisitos, el proceso y cómo podemos ayudarle.
01
Compraventas e Hipotecas
Formalización de transmisiones inmobiliarias y préstamos con garantía hipotecaria.
Más información
Otorgamos escrituras públicas de compraventa de inmuebles, préstamos hipotecarios, cancelaciones de gravámenes, subrogaciones y novaciones de préstamos. Nuestro equipo se encarga de verificar la situación registral del inmueble, comprobar los requisitos legales y garantizar que la operación se desarrolle con total transparencia y seguridad. Le acompañamos desde la revisión de la oferta vinculante del banco hasta la entrega de llaves, asegurando que cada compraventa o hipoteca quede perfectamente formalizada e inscrita en el Registro de la Propiedad.
Servicios Incluidos
- Compraventa de inmuebles. Formalización de la transmisión de propiedad con plenas garantías registrales.
- Préstamos hipotecarios. Constitución de hipotecas sobre bienes inmuebles para garantizar préstamos.
- Subrogaciones de préstamo. Cambio de entidad bancaria o deudor con mejores condiciones, sin necesidad de nueva escritura.
- Cancelaciones de hipoteca. Levantamiento del gravamen hipotecario una vez extinguida la deuda.
- Novaciones de préstamo. Modificación de las condiciones del préstamo (tipo de interés, plazo, etc.).
- Dación en pago. Entrega del inmueble a la entidad bancaria como extinción de la deuda.
Requisitos iniciales
- DNI/NIE de los otorgantes
- Nota simple del Registro de la Propiedad
- Oferta vinculante del préstamo (si aplica)
A tener en cuenta
- Solicite la nota simple del Registro antes de la compraventa para conocer la situación jurídica del inmueble.
- La oferta vinculante del banco debe entregarse al menos 10 días antes de la firma.
- El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales corresponde al comprador y debe liquidarse en 30 días.
- Compruebe que el certificado de eficiencia energética del inmueble está disponible.
02
Testamentos
Disposición de última voluntad con plenas garantías de secreto y validez.
Más información
Asesoramos de forma personalizada en la redacción y otorgamiento de testamentos notariales, ya sea testamento abierto o cerrado. Nos aseguramos de que su voluntad quede reflejada con absoluta precisión, bajo la protección del secreto notarial y con todas las garantías de validez. Le guiamos en las distintas modalidades disponibles —testamento básico, con legados, con sustituciones o de protección patrimonial— para que elija la que mejor se adapte a su situación familiar y patrimonial. Confiar en nosotros significa garantizar la tranquilidad de saber su legado protegido y su familia respaldada.
Servicios Incluidos
- Testamento abierto. El más habitual; el testador expresa su voluntad ante el notario, que redacta el documento.
- Testamento cerrado. El testador entrega su voluntad en sobre cerrado, sin revelar su contenido al notario.
- Codicilos. Modificaciones parciales de un testamento anterior, sin necesidad de otorgar uno nuevo.
- Testamento con legados. Asignación de bienes concretos a personas específicas, sin afectar a la legítima.
- Testamento de protección patrimonial. Disposiciones para proteger a hijos menores, personas con discapacidad o el cónyuge.
- Institución de albacea.Designación de la persona encargada de velar por el cumplimiento de su voluntad.
Requisitos iniciales
- DNI/NIE del testador
- Datos de los herederos
- Inventario de bienes (orientativo)
A tener en cuenta
- Puede modificar o revocar su testamento en cualquier momento; el último otorgado siempre prevalece.
- El testamento notarial es confidencial hasta el fallecimiento; solo usted conoce su contenido.
- Es recomendable hacer testamento aunque tenga pocos bienes; evita trámites complejos a sus herederos.
- La legítima de hijos y descendientes reserva un tercio de la herencia que no puede disponerse libremente.
03
Herencias y Declaraciones de Herederos
Sucesión mortis causa, adjudicación de bienes y declaraciones de herederos abintestato.
Más información
Gestionamos la tramitación integral de las sucesiones mortis causa: desde la adjudicación y partición de bienes hasta las declaraciones de herederos abintestato, la liquidación del Impuesto de Sucesiones y la inscripción de los bienes a nombre de los herederos. Comprendemos que estos procesos coinciden con momentos especialmente sensibles, por lo que ofrecemos un trato cercano, riguroso y empático en cada etapa. Coordinamos la documentación necesaria, contactamos con todos los herederos y resolvemos cualquier incidencia registral o fiscal, facilitando que la herencia se adjudique de forma ágil, equitativa y plenamente conforme a la voluntad del fallecido o a la ley.
Servicios Incluidos
- Adjudicación de herencia. Distribución de los bienes del fallecido entre los herederos conforme a la ley o al testamento.
- Declaración de herederos abintestato. Determinación de los herederos legales cuando no existe testamento.
- Partición de herencia. División material de los bienes entre los herederos, con las adjudicaciones correspondientes.
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones. Cálculo y presentación del impuesto ante la Comunidad Autónoma competente.
- Renuncia a la herencia. Rechazo formal de la condición de heredero, ante notario y en plazo.
- Herencia con testamento. Cumplimiento de la voluntad del testador con respeto a legados y legítimas.
Requisitos iniciales
- Certificado de defunción
- Certificado de últimas voluntades
- Libro de familia o documentos acreditativos del parentesco
- Documentación de los bienes
A tener en cuenta
- Puede modificar o revocar su testamento en cualquier momento; el último otorgado siempre prevalece.
- El testamento notarial es confidencial hasta el fallecimiento; solo usted conoce su contenido.
- Es recomendable hacer testamento aunque tenga pocos bienes; evita trámites complejos a sus herederos.
- La legítima de hijos y descendientes reserva un tercio de la herencia que no puede disponerse libremente.
04
Obras Nuevas y Divisiones Horizontales
Inscripción de construcciones y configuración de regímenes de propiedad horizontal.
Más información
Formalizamos escrituras de declaración de obra nueva y de división horizontal, permitiendo la inscripción registral de edificaciones y la constitución de comunidades de propietarios. Verificamos el cumplimiento de la normativa urbanística, la concordancia entre el proyecto técnico y la obra ejecutada, y la correcta descripción registral de cada elemento. Le asesoramos en la documentación necesaria —proyecto visado, certificado final de obra, licencias— y resolvemos cualquier discrepancia urbanística o catastral, garantizando que su edificación quede plenamente inscrita y protegida en el Registro de la Propiedad.
Servicios Incluidos
- Declaración de obra nueva. Inscripción registral de una edificación para conferirle plena protección jurídica.
- División horizontal. Configuración de un edificio en pisos o locales independientes con cuotas de participación.
- Modificación de división horizontal. Agregación, segregación o cambio de cuotas de elementos ya inscritos.
- Obra nueva en construcción. Inscripción preventiva de edificaciones en curso, con plazo para completar.
- Legalización de edificaciones. Regularización de construcciones sin licencia mediante procedimientos legales.
- Anotación preventiva de obra nueva. Inscripción temporal mientras se completa la documentación urbanística.
Requisitos iniciales
- Proyecto técnico visado
- Certificado final de obra
- Licencia municipal de obras
- Documentación catastral
A tener en cuenta
- El proyecto debe estar visado por el colegio profesional del arquitecto o ingeniero director.
- Necesita licencia municipal de obras y certificado final de obra para la inscripción.
- La descripción registral debe coincidir exactamente con la realidad física del edificio.
- La división horizontal determina las cuotas de participación en los gastos comunes.
05
Sociedades Mercantiles y Acuerdos Sociales
Constitución, modificación y disolución de sociedades y acuerdos de órganos sociales.
Más información
Constituimos sociedades de responsabilidad limitada y anónimas, y formalizamos todo tipo de acuerdos sociales: aumentos y reducciones de capital, nombramiento y revocación de administradores, transformaciones societarias, fusiones, escisiones y disoluciones. Le asesoramos en la elección de la forma social más adecuada, en la redacción de estatutos a medida y en el cumplimiento íntegro de las obligaciones legales y registrales. Acompañamos a emprendedores y empresas consolidadas en cada hito de su vida societaria, garantizando la máxima seguridad jurídica y la agilidad que su negocio necesita.
Servicios Incluidos
- Constitución de SL y SA. Creación de la sociedad con capital, socios y estatutos formalizados ante notario.
- Aumentos y reducciones de capital. Modificación del capital social mediante aportaciones o devoluciones a los socios.
- Nombramiento de administradores. Designación o revocación de los responsables de la gestión de la sociedad.
- Transformaciones societarias. Cambio de la forma social (de SL a SA, o viceversa) manteniendo la personalidad jurídica.
- Fusiones y escisiones. Integración o división de sociedades para reorganizar estructuras empresariales.
- Disolución y liquidación. Cierre formal de la sociedad, liquidación de bienes y cancelación registral.
Requisitos iniciales
- DNI/NIE de los socios
- Certificado de denominación social
- Estatutos sociales
- Capital social desembolsado
A tener en cuenta
- La denominación social debe certificarse previamente como no coincidente en el Registro Mercantil.
- El capital mínimo de una SL es de 3.000 euros; para una SA, de 60.000 euros.
- Los estatutos pueden personalizarse para adaptarse a las necesidades concretas de la sociedad.
- Los acuerdos sociales deben inscribirse en el Registro Mercantil para ser oponibles a terceros.
06
Matrimonios
Capitulaciones matrimoniales y acuerdos patrimoniales entre cónyuges.
Más información
Formalizamos capitulaciones matrimoniales para establecer o modificar el régimen económico del matrimonio —gananciales, separación de bienes o participaciones—, así como acuerdos patrimoniales entre cónyuges y aportaciones a la sociedad conyugal. Le asesoramos de forma clara e imparcial sobre las consecuencias de cada régimen, ayudándole a tomar la decisión que mejor proteja su patrimonio y el de su familia. Garantizamos la claridad y seguridad de su pacto matrimonial, con plena validez ante terceros y perfecto cumplimiento de los requisitos formales.
Servicios Incluidos
- Capitulaciones matrimoniales. Pacto por el que los cónyuges establecen o modifican su régimen económico.
- Cambio de régimen económico. Transición entre gananciales, separación de bienes o régimen de participación.
- Separación de bienes. Régimen en el que cada cónyuge conserva la propiedad de sus bienes.
- Sociedad de gananciales. Régimen en el que los frutos del trabajo y los rendimientos de bienes son comunes.
- Aportaciones a la sociedad conyugal. Adjudicación de bienes concretos al patrimonio común del matrimonio.
- Aportaciones con ganancialidad diferida. Aportaciones que generan derechos de compensación entre los cónyuges.
Requisitos iniciales
- DNI/NIE de los cónyuges
- Certificado de matrimonio
- Inventario de bienes (si aplica)
A tener en cuenta
- El régimen económico puede modificarse en cualquier momento durante el matrimonio.
- Las capitulaciones requieren escritura pública para tener plena validez.
- El régimen supletorio en la mayoría de Comunidades Autónomas es la sociedad de gananciales.
- Las capitulaciones son oponibles a terceros desde su inscripción en el Registro Civil.
07
Poderes y Actas
Otorgamiento de poderes de representación y autorización de actas notariales.
Más información
Otorgamos poderes generales y especiales para la representación judicial, administrativa, bancaria y notarial, ajustando las facultades conferidas a las necesidades concretas de cada caso. Autorizamos asimismo actas notariales de presencia, de notoriedad, de depósito y de requerimiento, dando fe de hechos, estados y circunstancias con pleno valor probatorio. Le asesoramos en el alcance y los límites de cada poder o acta, garantizando que el instrumento público responda exactamente a su finalidad y proteja sus intereses en cualquier ámbito en el que sea necesario acreditar o representar.
Servicios Incluidos
- Poder general. Facultades amplias para la representación en múltiples ámbitos jurídicos.
- Poder especial. Facultades limitadas a un acto o negocio jurídico concreto.
- Poder para pleitos. Representación procesal para actuaciones judiciales y administrativas.
- Acta de notoriedad. Acreditación de hechos notorios con pleno valor probatorio.
- Acta de presencia. Fe notarial de la percepción sensorial directa de hechos o situaciones.
- Acta de requerimiento. Documentación formal de un requerimiento a un tercero, con valor jurídico.
Requisitos iniciales
- DNI/NIE del poderdante
- Datos del apoderado
- Facultades específicas a conferir
A tener en cuenta
- Los poderes pueden revocarse en cualquier momento ante notario mediante escritura pública.
- Un poder especial limita las facultades del apoderado a un acto concreto, evitando abusos.
- Las actas notariales tienen pleno valor probatorio y hacen plena fe de los hechos documentados.
- Especifique con claridad las facultades que desea conferir para evitar interpretaciones dudosas.
Proceso
Cómo trabajamos.
I
Consulta inicial
Contacte con nosotros para exponer su necesidad. Le asesoramos sobre la documentación y el procedimiento.
II
Preparación
Revisamos la documentación y preparamos el instrumento público con la máxima precisión.
III
Otorgamiento
Firma ante notario, presencial o a través de la Notaría Virtual, con plenas garantías.
IV
Seguimiento
Gestión posterior: copias, liquidación fiscal e inscripción en registros.
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